lunes, 6 de abril de 2009

SINTESIS DE APOYO. UNIDAD 1

DERECHO COMERCIAL

• DERECHO CIVIL: rige la capacidad genérica de las personas, así como las relaciones jurídicas referentes a la familia y al patrimonio

• DERECHO COMERCIAL: rige las relaciones implicadas en la realización de actos de comercio y las surgidas de la actividad de los comerciantes en ejercicio del comercio.
• ORÍGENES:
– Medioevo: aumento del comercio.
– Incremento negocios: nuevas formas de crédito, organizaciones, bancos.
– Intervención creciente del estado en la economía privada, monopolios, creación de empresas estatales, competencia entre empresas privadas y política de planificación seguida por los gobiernos dan contenido al nuevo derecho comercial.(Derecho económico)
-Hoy: derecho comercial como el derecho de la economía organizada y de la empresa.
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¿Qué es materia comercial?
• CRITERIO SUBJETIVO: actividades que realizan los comerciantes en cuanto tales.

• CRITERIO OBJETIVO: rige las relaciones entre las personas que realizan actos de comercio.

• CRITERIO MIXTO: relaciones jurídicas implicadas por la realización de actos de comercio y las surgidas de la actividad de los comerciantes en el ejercicio del comercio.
• Diferencias en cada sistema positivo.
• “Constituye material comercial todo supuesto de hecho al que la ley considera mercantil”.
• Nuestro Código de comercio no define las materias comerciales, las enumera en el art. 8. Pero esa enumeración no es cerrada.

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO COMERCIAL
• No formal.(actos comerciales tienen menos formalidades que los civiles, por. Ej. Endoso)
• Utilitario: rige esencialmente relaciones económicas y onerosas
• Es la rama del derecho que tiene mayor importancia la costumbre.

ACTOS DE COMERCIO
• Son actos jurídicos voluntarios, lícitos.

• Finalidad de adquirir modificar o extinguir derechos, de intermediación en la elaboración y circulación de los bienes

• Realizados con propósito de lucro
CRITERIOS PARA DEFINIRLOS
• OBJETIVO: son actos de comercio los enumerados por la ley.

• SUBJETIVO: actos de comercio todos los realizados por los comerciantes.

¿Para qué interesa determinar si un acto es o no comercial?
• Determina la ley aplicable (civil o comercial)
• Determina el juez que debe intervenir (donde está separada la jurisdicción civil y comercial).
• Quien realiza actos de comercio en forma habitual y hace de ello su profesión habitual es considerado COMERCIANTE.
• Si un acto es comercial para una de las partes ambas quedan sujetas a la ley comercial

ACTO DE COMERCIO
• 8. La ley declara actos de comercio en general:
• 1) Toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, bien sea en el mismo estado que se adquirió o después de darle otra forma de mayor o menor valor;
2) La transmisión a que se refiere el inciso anterior;

• Art. 1139.- Se dice también en este Código, que los contratos son a título oneroso, o a título gratuito: son a título oneroso, cuando las ventajas que procuran a una u otra de las partes no les es concedida sino por una prestación que ella le ha hecho, o que se obliga a hacerle; son a título gratuito, cuando aseguran a una u otra de las partes alguna ventaja, independiente de toda prestación por su parte.
• Transmisión: cambio de titularidad de derecho.

• 3) Toda operación de cambio, banco, corretaje o remate;
Operación de cambio d una moneda por otra.
• CORRETAJE:Hay contrato de corretaje cuando una parte -corredor- se compromete a procurar un interesado para que concierte una operación con la otra parte -cliente o comitente- quien se obliga a pagar una comisión en caso de que la operación se realice.
• REMATE: subasta .

• 4) Toda negociación sobre letras de cambio o de plaza, cheques o cualquier otro género de papel endosable o al portador;

• Letra de cambio: el título de crédito formal y completo que contiene una promesa incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen.".
• Títulos al portador: La posesión lo faculta para exigir el pago al deudor o para transmitir el documento a otra persona. (por ej. Pagaré)

• 5) Las empresas de fábricas, comisiones, mandatos comerciales, depósitos o transportes de mercaderías o personas por agua o por tierra;

• COMISIÓN:. En derecho comercial especie de "mandato comercial". Se destaca por: a) el comisionista actúa por cuenta del comitente, pero lo hace en su nombre propio y no en nombre de éste, como el mandatario; b) sólo puede referirse a negocios de terminados (actos de comercio); el mandato, podría ser especial y también ser general.
• MANDATO: El mandato comercial, en general, es un contrato por el cual una persona se obliga a administrar uno o más negocios lícitos de comercio que otra le encomienda, el mandato comercial no se presume gratuito.
• DEPOSITO: Una parte asume la obligación de guardar una cosa a cambio de un precio .
• TRANSPORTE: Contrato por medio del cual, se conviene el traslado de una per sona o una cosa por un precio en dinero

• 6) Los seguros y las sociedades anónimas, sea cual fuere su objeto;
• 7) Los fletamentos, construcción, compra o venta de buques, aparejos, provisiones y todo lo relativo al comercio marítimo;
8) Las operaciones de los factores, tenedores de libros y otros empleados de los comerciantes, en cuanto concierne al comercio del negociante de quien dependen (materia de derecho laboral)
Factores:Art. 132. Se llama factor, la persona a quien un comerciante encarga la administración de sus negocios, o la de un establecimiento particular.

• 9) Las convenciones sobre salarios de dependientes y otros empleados de los comerciantes;
(Tema derecho laboral)

• 10) Las cartas de crédito, fianzas, prenda y demás accesorios de una operación comercial;

• 11) Los demás actos especialmente legislados en este código


ESTRUCTURA DEL CÓDIGO DE COMERCIO
• Título preliminar.
• Libro primero . De las personas del comercio. (actos de comercio, comerciantes, Registro Público de comercio, libros de comercio, agentes auxiliares del comercio)
• LIBRO SEGUNDO: DE LOS CONTRATOS DEL COMERCIO: contratos comerciales (mandato, comisión, compraventa, depósito, prenda, etc). Sociedades comerciales (reemplazado por ley 19550 sociedades comerciales)
• LIBRO TERCERO: Derechos y obligaciones que resultan de la navegación.(Reemplazado por Código de la Navegación y aeronáutico)

• Libro CUATRO. De las quiebras. (Reemplazado por ley 24522 de concursos y quiebras)

• LEYES COMPLEMENTARIAS.

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